DERECHO PROCESAL PENAL
Juez natural. Toda persona debe ser juzgada por sus jueces naturales, en
consecuencia, nadie puede ser procesado ni juzgado por jueces ni
tribunales ad hoc.
La potestad de aplicar la ley en los
procesos penales, corresponde exclusivamente a los jueces y tribunales
ordinarios o especiales, establecidos por las leyes, con anterioridad al
objeto del proceso.
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