DERECHO CONSTITUCIONAL
Derechos de la persona. Toda persona tiene derecho a la protección de su honor, a la protección de su vida privada, a la intimidad, a la propia imagen, a la confidencialidad y a la reputación.
La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad, tanto personal como familiar de los ciudadanos, y el pleno ejercicio de sus derechos.
Los derechos de la persona se encuentran concatenados con el artículo 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que reza:
"Artículo 12.
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su
familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a
su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley
contra tales injerencias o ataques".
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