DERECHO PROCESAL PENAL
De la privación judicial preventiva de libertad
Improcedencia. Cuando el delito materia del proceso merezca una pena privativa de libertad que no exceda de 3 años en su límite máximo, y el imputado haya tenido una buena conducta predelictual, la cual podrá ser acreditada de cualquier manera idónea: sólo procederán medidas cautelares sustitutivas.
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