DERECHO PROCESAL PENAL
Inspección. Mediante la inspección de la policía, o del Ministerio Público, se comprueba: el estado de los lugares; se comprueba el estado de cosas; se comprueba el estado de rastros y efectos materiales que existan y sean de utilidad para la investigación del hecho, o la individualización de los partícipes en el.
De ello se levantará un informe que describirá detalladamente esos elementos, y, cuando fuere posible, se recogerán y se conservarán los elementos que sean útiles. (...)
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