14 de mayo de 2013

Recl. serv. nac. extr.

DERECHO PENAL

Reclutamiento al servicio de nación extranjera. Cualquiera que, sin autorización del Gobierno Nacional, haga leva, o arme a venezolanos o a extranjeros en el espacio geográfico de la República Bolivariana de Venezuela para ponerlos al servicio de otra nación, será castigado con arresto en fortaleza o cárcel política, por un tiempo de seis (6) meses a dos (2) años. 

La pena será de uno (1) a tres (3) años, si entre los reclutados hay uno que pertenezca al Ejército Nacional de Venezuela.

Leva. Recluta de gente para el servicio militar.

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