24 de octubre de 2014

Cs. Penitenciarias XVIII


DIFERENCIAS ENTRE MEDIDA DE SEGURIDAD Y PENA

1. La pena se le impone a una persona imputable; la medida de seguridad se le impone a una persona inimputable.

2. En las penas se seguirá la aplicación del procedimiento ordinario o el procedimiento abreviado (los más comunes ya que existen otros); en la medida de seguridad se seguirá la aplicación del procedimiento especial previsto en los artículos 410, 411 y 412 del Código Orgánico Procesal Penal.

3. La pena es la consecuencia directa del delito; la medida de seguridad es una medida preventiva que se le impone a una persona inimputable.

SEMEJANZAS ENTRE MEDIDA DE SEGURIDAD Y PENA

a. Son impuestas por el Juez.

b. Son de obligatorio cumplimiento.

c. Son medios dirigidos a impedir la comisión de un nuevo delito.

d. Buscan garantizar la acción de la justicia.

e. Son la consecuencia de la comisión de hechos punibles.

f. Se aplican en la persona que subsumió su conducta en el tipo penal.

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