Los ciudadanos pueden formular sus denuncias sobre delitos tales como estafa,
robo, lesiones, homicidio, violación, secuestro, posesión y tráfico de drogas,
ilícitos ambientales, violencia de género y casos de corrupción, entre otros.
Según lo establecido en el
artículo 268 del Código Orgánico Procesal Penal, la denuncia podrá formularse
verbalmente o por escrito y deberá contener la identificación del o la
denunciante, la indicación de su domicilio o residencia, la narración
circunstanciada del hecho, el señalamiento de quienes lo han cometido y de las
personas que lo hayan presenciado o que tengan noticia de el, todo en cuanto le
constare al o la denunciante.
En el caso de la denuncia verbal se
levantará un acta en presencia del o la denunciante, quien la firmará junto con
el funcionario o funcionaria que la reciba. La denuncia escrita será firmada
por el o la denunciante o por un apoderado o apoderada con facultades para
hacerlo. Si el o la denunciante no puede firmar, estampará sus huellas
dactilares.
Fuente de la información: http://www.mp.gob.ve/web/guest/137
Fuente de la imagen: http://www.assediomoral.ufsc.br/?page_id=445
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