Desconocer una verdad me hace esclavo de una
mentira
INTRODUCCIÓN AL DERECHO (II)
EL NEGOCIO JURÍDICO
JORGE SALAZAR RANGEL
Bibliografía: Didáctica de la Introducción al Derecho. Dr. Levy Benshimol
Quintana. Editorial Buchivacoa. Caracas-1999.
Elementos
Accidentales: Son aquellos disponibles a
la libre inclusión de las partes negociantes, y desde luego, la ley no los
limita preventivamente con sus normas.
En todo caso, se puede afirmar que si la naturaleza
particular del negocio a celebrarse no lo impide, podrán las partes
contratantes modificar los efectos generales del acuerdo de voluntades, con los
elementos accidentales.
La Condición: En primer lugar se trata de un elemento accidental o
modalidad del negocio jurídico. Se conceptúa como:
“Un acontecimiento futuro y objetivamente incierto de cuya
realización las partes hacen depender el nacimiento, la existencia, o la extinción
del Negocio Jurídico celebrado”.
Como podemos ver, para poder hablar de “Condición” es
necesario que reúna dos circunstancias:
a) Que sea futuro.
b) Que sea incierto.
b) Que sea incierto.
Frase
reflexiva:
Desconocer una verdad me hace esclavo de una
mentira
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