Semestre: Segundo-Pregrado
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Bibliografía: Derecho Civil I: Personas. Fondo Editorial USM. Mary Sol
Grateron Garrido.
Tema # 1 La
Minoridad
Breve Análisis de los Derechos, Garantías y
Deberes de los Niños y Adolescentes
* Derechos y Garantías de los Niños y Adolescentes
1) Derechos Individuales del Niño:
1. 1 Derecho a la Vida: Es el derecho fundamental de la personalidad y el que
origina el reconocimiento de los demás derechos, pues se garantiza al ser
humano su existencia hasta que causas naturales le pongan fin.
Se
encuentra consagrado en el artículo 43
de la C.R.B.V y
en el artículo 15 de la Ley (LOPNA).
1. 2 Derecho a un Nombre y a una
Nacionalidad: El nombre, consagrado en el artículo
56 de la C.R.B.V
y artículo 16 de la Ley
(LOPNA) constituye uno de los elementos
de individualización de las personas; y la nacionalidad
constituye la situación de las personas respecto a la Nación.
1. 3 Derecho al Libre Desarrollo de la Personalidad: Consagrado en el artículo
28 de la Ley (LOPNA): “Todos los niños y adolescentes tienen derecho al libre y pleno
desarrollo de su personalidad, sin más limitaciones que las establecidas en la Ley”. Para el cumplimiento
de este derecho se requiere el reconocimiento de otros derechos: el derecho a
un nivel de vida adecuado que asegure su desarrollo integral, derecho al honor,
reputación y propia imagen, derecho a la vida privada, etc.
1. 4 Derecho a la Integridad Social:
Este derecho comprende tanto la integridad
física, psíquica y moral, por tal motivo, los niños y adolescentes no pueden
ser sometidos a torturas, ni a otras
penas o tratos crueles, inhumanos
o degradantes (artículo 32 de la LOPNA).
Así
mismo, tienen derecho a ser protegidos contra cualquier forma de abuso y
explotación sexual (artículo 33 de la LOPNA).
1. 5 Derecho a la Libertad Personal:
La Libertad Personal supone que no pueden ser privados de ella ilegal o arbitrariamente, y en caso de detención, se aplicará como medida de
último recurso y durante el período más breve posible (artículo 37 de la LOPNA).
Además,
ningún niño o adolescente podrá ser sometido a cualquier forma de esclavitud,
servidumbre o trabajo forzoso (artículo
38 de la LOPNA).
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