“Comparte tu
conocimiento. Esa es la forma de lograr la inmortalidad” Dalai Lama
Materia: Derecho
Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Tema # 4 La Nacionalidad y la Ciudadanía
Artículo 25 (Ley de Nacionalidad y
Ciudadanía):
De la nacionalidad venezolana por
naturalización
Los venezolanos y venezolanas por naturalización no están
obligados a renunciar a su nacionalidad. Si la persona interesada desear
renunciar a su nacionalidad, deberá manifestarlo en la solicitud que inicia el
procedimiento de naturalización.
Concordancia: El artículo 25
de la Ley de
Nacionalidad y Ciudadanía, está en concordancia
con el artículo 34 de la C.R.B.V.
- Artículo 34 C.R.B.V: La nacionalidad venezolana no se pierde al optar o
adquirir otra nacionalidad.
Artículo 26 (Ley de Nacionalidad y
Ciudadanía):
Solicitud de naturalización
Para la
expedición de la Carta
de Naturaleza, la persona extranjera interesada deberá realizar la solicitud
personalmente o por medio de apoderado acreditado por documento auténtico y
presentar los siguientes documentos:
1.
Solicitud motivada y debidamente autenticada, en la cual se señale el
cumplimiento de los requisitos de edad y tiempo establecidos en la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela y en esta Ley, así como cualquier otra circunstancia que a bien
tenga mencionar la persona interesada.
2.
Copia de la cédula de identidad vigente.
3.
Pasaporte original vigente.
4.
Visado debidamente expedido por la autoridad venezolana correspondiente.
5. Los
demás que le señalen las leyes y el Reglamento de esta Ley.
Frase
reflexiva:
“Comparte tu
conocimiento. Esa es la forma de lograr la inmortalidad” Dalai Lama
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