“El hombre solitario es una bestia o un dios.”
Aristóteles
N° de Expediente: C00-1466 N° de
Sentencia: 0013
Tema: Las Partes
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Capacidad procesal de las partes. Legitimidad para ejercer recursos
Miércoles, 24 de enero de 2001
El ejercicio del recurso de casación corresponde según lo
dispuesto en el artículo 426 del Código Orgánico Procesal Penal a las partes
legítimamente constituidas, por lo que, no puede ser titular, tanto del medio
ordinario como del extraordinario de impugnación, quien no ostente esa
capacidad procesal en el juicio penal.
El ejercicio de la impugnación parte de la base de la legitimación que se tenga para ello, por lo que resulta inadmisible el recurso de casación si quien lo interpone no ostenta la cualidad de parte en el proceso penal, que es lo que permite ejercerlo válidamente.
La
frase del día:
“El hombre solitario es una bestia o un dios.”
Aristóteles
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