10 de marzo de 2017

10/3/2017 Trata [3]

La frase del día:
Dime con quién andas y te diré quién eres

¿QUÉ ES LA TRATA DE PERSONAS?

La trata de personas es un delito completo porque es continuado, tiene alta cifra negra y puede confundirse con otro delito; es pluriofensivo porque afecta física, psicológica y patrimonialmente a la víctima, privándola así de sus derechos y libertades básicas; y, según datos de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), es la tercera actividad ilícita más rentable en el mundo, siendo así un delito de alta rentabilidad.

De acuerdo al artículo 3 del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional:

a.- Por "trata de personas" se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos;
               
b.- El consentimiento dado por la víctima de la trata de personas a toda forma de explotación que se tenga la intención de realizar descrita en el apartado a) del presente artículo no se tendrá en cuenta cuando se haya recurrido a cualquiera de los medios enunciados en dicho apartado;
               
c.- La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de un niño con fines de explotación se considerará "trata de personas" incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios enunciados en el apartado a) del presente artículo;
               
d.- Por "niño" se entenderá toda persona menor de 18 años.

ELEMENTOS EN EL DELITO DE TRATA DE PERSONAS

Captación: Depende total o parcialmente del uso del engaño, aunque también existen situaciones en las que simplemente se les secuestra o se les fuerza.

Traslado: El traslado es la movilización desde el lugar de origen, el paso por los lugares de tránsito, y la llegada al lugar de destino donde será explotada la persona; pero al no saberlo, la víctima no ofrece resistencia.

Explotación: Puede ser laboral, sexual, falsas adopciones, esclavista, militar, servidumbre y/o tráfico de órganos, todas caracterizadas por un trato indigno, denigrante y devastador para la integridad personal.
Los tres elementos deben estar presente y relacionarse entre sí. El tratamiento que reciben las víctimas es igual al de una mercancía, por lo tanto, se puede comprar, vender, prestar, alquilar, cambiar, reemplazar, devolver, desechar.

La frase del día:
Dime con quién andas y te diré quién eres

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