10 de marzo de 2017

10/3/2017 49 CRBV

La frase del día:
Dime con quién andas y te diré quién eres

DEBIDO proceso

Principio constitucional consagrado en el artículo 49, aplicable a todas las actuaciones judiciales y administrativas, en el que se circunscriben:

- la defensa y asistencia jurídica son derechos inviolables en todo estado y grado del proceso;

- toda persona se presume inocente hasta que se pruebe lo contrario;

- toda persona tiene derecho a ser oída en los procesos legales con las debidas garantías consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela;

- las personas deben ser juzgadas por sus jueces naturales;

- nadie puede ser sancionado por actos u omisiones que no estén establecidos en leyes preexistentes: principio de legalidad constitucional;

- ninguna persona puede obligarse a declararse culpable ni a confesar contra sí misma;

- ninguna persona puede ser sometida a juicio por los mismos hechos en virtud de los cuales hubiese sido juzgada anteriormente;

- toda persona podrá solicitar al estado el restablecimiento o reparación de la situación jurídica lesionada.

La frase del día:
Dime con quién andas y te diré quién eres

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