Dime con quién andas y te diré quién
eres
RÉGIMEN JURÍDICO
APLICABLE EN EL DELITO DE TRATA DE PERSONAS
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:
Gaceta Oficial No. 36.860, del 30 de diciembre de 1999, reimpresa por “errores
materiales” del ente emisor en la Gaceta Oficial No. 5.453 Extraordinario, de
fecha 24 de marzo de 2000.
Enmienda del 15 de febrero 2009
Convención de las Naciones Unidas
Contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos.
Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia
Organizada Transnacional: En Venezuela fue aprobado en Gaceta Oficial número
37.353, en fecha 27/12/2001, a saber: Ley No. 62. Ley Aprobatoria del Convenio
sobre Cooperación en materia de Prevención del Uso Indebido y Represión del
Tráfico Ilícito de Estupefacientes y de Sustancias Psicotrópicas y Delitos
Conexos entre la República de Venezuela y la República Argentina.
Protocolo para prevenir, reprimir y
sancionar la trata de personas.
Ley Orgánica
Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: Gaceta Oficial
No. 40.551 del 28 de noviembre de 2014.
Ley Orgánica
Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo: Gaceta
Oficial No. 39.912 de fecha 30 de abril de 2012.
Ley Orgánica
Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente: Gaceta Oficial Extraordinaria
No. 6.185 de fecha 18 de junio de 2015.
Ley de Extranjería y Migración: Gaceta Oficial No. 37.944 de fecha 24
de mayo de 2004. (Art. 55 Inmigración
Ilícita. Art. 56 Tráfico Ilegal de personas.)
Código Penal:
Gaceta Oficial Extraordinario No. 5.768 de fecha 13 de abril de 2005. (Art. 173 Reducción a la Esclavitud. Art.
387 Inducción a la Prostitución.)
Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela
Título III
De los derechos humanos
y garantías,
y de los deberes
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 23. Jerarquía
constitucional de los tratados, pactos y convenciones. Los tratados, pactos y convenciones
relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen
jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que
contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas en
esta Constitución y en las leyes de la República, y son de aplicación inmediata
y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público.
Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela
Título III
De los derechos humanos
y garantías,
y de los deberes
Capítulo III
De los derechos civiles
Artículo 54. Esclavitud
o servidumbre.
Ninguna persona podrá ser sometida a esclavitud o servidumbre. La trata de
personas y, en particular la de mujeres, niños, niñas y adolescentes en todas
sus formas, estará sujeta a las penas previstas en la ley.
La
frase del día:
Dime con quién andas y te diré quién
eres
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