“Hay una delgada línea entre
descifrar un crimen y ser un criminal”
N° de Expediente: 01-0578 N° de Sentencia: 003
Tema: Nulidades
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Solicitud de nulidad absoluta en beneficio de las partes
Viernes, 11 de enero de 2002
la solicitud de nulidad absoluta no debe entenderse
siempre en beneficio del imputado, sino también de la víctima, el representante
del Ministerio Público y el querellante
N° de Expediente: 01-0578 N° de Sentencia: 003
Tema: Nulidades
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Acto nulo. Recursos. Nulidad del acto procesal. Nulidad del acto
viciado. Aplicación de los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal
Penal cuando se tratan de nulidades absolutas
Viernes, 11 de enero de 2002
En nuestro sistema procesal penal cualquier acto nulo
puede llegar al conocimiento del juez a través de los recursos de: revocación,
apelación, casación y del recurso de revisión; así como también a través de la
posibilidad de aclaración o aclaratoria, del planteamiento de las excepciones,
y también mediante el Amparo Constitucional. Pero si fuera el caso de que al
plantear la nulidad del acto procesal viciado mediante algunos de éstos
procedimientos y se declarara la inadmisibilidad del mismo por no plantearse
siguiendo las formalidades establecidas conforme a la ley, el Tribunal que haya
tenido conocimiento del acto viciado cuya nulidad se está pidiendo deberá
acordarla por aplicación del principio establecido en el artículo 190 del COPP
en concordancia con el artículo 191 eiusdem cuando se trate de nulidades
absolutas.
La frase del día:
“Hay una delgada línea entre
descifrar un crimen y ser un criminal”
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