“Estudia el pasado si
quieres predecir el futuro” Confucio
N°
de Expediente: 11-0836 N° de Sentencia: 1859
Tema: Derecho a la igualdad
Materia: Derecho Constitucional
Asunto: La Sala establece la posibilidad de conceder a los
imputados y penados por el delito de tráfico de drogas de menor cuantía,
fórmulas alternativas a la prosecución del proceso y a la ejecución de la pena,
y a los condenados por el delito de tráfico de drogas de mayor cuantía se les
pospone la posibilidad de obtener las fórmulas para el cumplimiento de la pena,
solo para cuando el recluso haya cumplido las tres cuartas (3/4) partes de la
misma, conforme lo previsto en el ordenamiento jurídico
Jueves, 18 de diciembre
de 2014
“Finalmente,
es deber de esta Sala, para preservar los principios que informan el proceso
constitucional y la prevalencia del orden jurisdiccional, en razón de las
distintas interpretaciones que los jueces y juezas de la República han dado al
criterio de esta Sala conforme al cual ‘el delito de tráfico de
estupefacientes, (…) debe considerarse por su connotación y por el especial
trato que le otorga el artículo 271 constitucional, como un delito de lesa
humanidad’ (Vid. sentencia n.° 1712, del 12 de septiembre de 2001, caso: Rita
Alcira Coy y otros), adecuar dicho criterio atendiendo el carácter judicial de
la ejecución de la pena, el principio de proporcionalidad y los derechos a la
igualdad ante la ley y a la no discriminación, y sobre la base de la distinción
establecida en la reforma del Código Orgánico Procesal de 2012 (Vid. artículos
38, 43, 374, 375, 430, parágrafo único, y 488), entre tráfico de drogas de
mayor y menor cuantía, lo cual permita que se le conceda a los imputados y
penados de esta última categoría de delito, fórmulas alternativas a la
prosecución del proceso y a la ejecución de la pena, y, de esta manera,
permitir que el Estado cumpla con las estrategias de transversalidad humanista
que apuntan hacia una reinserción social, razón por la cual queda entendido que
las fórmulas señaladas no constituyen beneficios procesales ni conllevan a la
impunidad”.
“Sentencia
de la Sala Constitucional que establece, con carácter vinculante, la
posibilidad de conceder a los imputados y penados por el delito de tráfico de
drogas de menor cuantía, fórmulas alternativas a la prosecución del
proceso y a la ejecución de la pena, y a los condenados por el delito de
tráfico de drogas de mayor cuantía se les pospone la posibilidad de obtener las
fórmulas para el cumplimiento de la pena, solo para cuando el recluso haya
cumplido las tres cuartas (3/4) partes de la misma, conforme lo previsto en el
ordenamiento jurídico”.
La frase del día:
“Estudia el pasado si
quieres predecir el futuro” Confucio
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