DERECHO PENAL
De las competencias del Ministerio Público
Competencias del Ministerio Público. IV.
8. Intentar las acciones a que hubiere lugar para hacer efectiva la responsabilidad civil, penal y administrativa, en la cual incurran los funcionarios del sector público, con motivo del ejercicio de sus atribuciones, así como la responsabilidad penal y civil de los particulares.
9. Fiscalizar la ejecución de las decisiones judiciales en los procesos que haya intervenido el Ministerio Público, o cuando hubiese sido requerida su intervención.
10. Ejercer los recursos y acciones contra los actos dictados por el Poder Público, viciados de inconstitucionalidad, o ilegalidad, sin menoscabo de las atribuciones conferidas a la Defensoría del Pueblo y a la Procuraduría General de la República. (...)
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!