30 de mayo de 2013

Viol. de correspondencia

DERECHO PENAL

De los delitos contra la inviolabilidad del secreto

Violación de correspondencia. El que indebidamente abra alguna carta, telegrama, o pliego cerrado, que no se le haya dirigido, o que indebidamente lo tome para conocer su contenido, aunque no esté cerrado, perteneciendo a otro: será castigado con arresto de 8 a 20 días.

Si divulgando el contenido, el culpable ha causado algún perjuicio: la pena será de 15 días a 10 meses de arresto.

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