DERECHO PROCESAL PENAL
De las medidas cautelares sustitutivas
Modalidades. II.
4. La prohibición de salir sin autorización del país, de la localidad en la cual reside, o del ámbito territorial que fije el tribunal.
5. La prohibición de concurrir a determinadas reuniones, o a determinados lugares.
6. La prohibición de comunicarse con determinadas personas, siempre que no se afecte el derecho a la defensa.
7. El abandono inmediato del domicilio, si se trata de agresiones a mujeres, niños/as; o si se trata de delitos sexuales, cuando la víctima conviva con el imputado.
8. La prestación de una caución económica adecuada, de posible cumplimiento por el propio imputado, o por otra persona, atendiendo al principio de la proporcionalidad, mediante:
- depósito de dinero;
- valores;
- fianza de dos o más personas idóneas; o
- garantías reales. (...)
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