27 de mayo de 2013

Otros reconocimientos

DERECHO PROCESAL PENAL

Del testimonio

Otros reconocimientos. Cuando se decrete el reconocimiento de voces, sonidos y lo que pueda ser objeto de percepción sensorial, regirán las disposiciones previstas para el reconocimiento de personas.

Esta diligencia se hará constar en acta, y la autoridad podrá disponer que se documente mediante: 

- prueba fotográfica;

- prueba videográfica;

- u otros instrumentos, o procedimientos.

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