DERECHO PENAL
Ley Orgánica del Ministerio Público. Principios rectores
Unidad de criterio y actuación. El Ministerio Público es único e indivisible.
El Ministerio Público estará a cargo y bajo la conducción del Fiscal General de la República, o de la persona que haga sus veces, quien ejercerá sus atribuciones de manera directa, o a través de los funcionarios debidamente facultados mediante delegación.
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