9 de agosto de 2015

Testigos

DERECHO PROCESAL PENAL

DECLARACIÓN DE TESTIGOS (EXCEPCIÓN CONTEMPLADA EN EL ARTÍCULO 223 DEL Código Orgánico Procesal Penal)

Dentro de los sujetos enumerados como beneficiarios de la excepción prevista en el artículo 223 del Código Orgánico Procesal Penal, no están incluidos de forma general los alcaldes distritales metropolitanos.

Fuente: Doctrina del Ministerio Público venezolano; año 2009.

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