“La vida de los
muertos perdura en la memoria de los vivos”
Marco Tulio Cicerón
Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela. Código Orgánico Procesal Penal. Ley Orgánica del Servicio de
Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y
Criminalísticas y el Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses. Manual
Único de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas
- Hay evidencias que por sus características propias
no pueden ser embaladas.
- El serial lo ponen los funcionarios cuando abren la
planilla de registro de cadena de custodia.
- Área especial para las evidencias de alto riesgo.
- Las evidencias las sacan para llevarlas a peritajes,
para devolverlas, o para exhibirlas en juicio. Egreso de evidencias.
- Cuando se hace entrega de las evidencias es por
orden del Ministerio Público.
- Principios básicos.
- Lo que es evidencia será lo analizado por el
laboratorio.
Fuente de la información: Taller “Manual Único de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de
Evidencias Físicas” Fundación Para la Investigación,
Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal del Ministerio Público:
FUNDAFISCAL. Caracas, Venezuela.
Frase
reflexiva:
“La vida de los
muertos perdura en la memoria de los vivos”
Marco Tulio Cicerón
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