Todos los extremos son malos
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Materia: Derecho
de Familia.
Semestre: Tercero-Pregrado.
Bibliografía: Apuntes de Derecho de Familia y Sucesiones. Decimocuarta
edición. Caracas, 2007. RAÚL SOJO
BIANCO.
Tema # 7 Requisitos de Forma
Los requisitos de forma del matrimonio, son
aquellos que se relacionan directamente con su celebración. Son solemnidades
del acto jurídico matrimonial. Los requisitos formales son 2: los esponsales (y
su publicación) y el acto propiamente dicho de la celebración.
Los Esponsales:
Manifestación esponsalicia y su publicación:
La
palabra esponsales, tiene en el lenguaje jurídico diferentes acepciones: una es
la de compromiso matrimonial y la otra es de manifestación esponsalicia o
requisito formal previo a la celebración del matrimonio. El interés de la
manifestación esponsalicia y su publicación estriba, en la conveniencia de que
el matrimonio en proyecto sea conocido por 3ras personas, a fin de que ellas
puedan denunciar cualquier irregularidad que lo afecte y se logre así impedir
la celebración del acto.
Forma y contenido de la manifestación
esponsalicia:
Es la
participación anticipada que los futuros cónyuges hacen a determinado
funcionario, del matrimonio que pretenden contraer. La cual debe hacerse a un
funcionario autorizado que tenga jurisdicción en el lugar donde reside alguno
de los contrayentes.
Los
futuros contrayentes deben consignar en el mismo acto los siguientes recaudos:
1.
Copias certificadas de sus partidas de nacimiento, expedidas dentro de los 6
meses anteriores a la fecha de la manifestación.
2. Si
algunos de los cónyuges había contraído matrimonio anteriormente, debe
consignar la copia certificada del acta de defunción de su cónyuge fallecido o
copia certificada del de la sentencia firme de divorcio o nulidad.
3.
Inventario judicial de los bienes de los hijos que alguno de los contrayentes
tenga bajo su patria potestad. Y constancia del nombramiento del curador ad
hoc.
4. Los
documentos que acrediten la dispensa de los impedimentos impedientes que
existan entre los interesados en celebrar matrimonio.
5. Si
alguno de los contrayentes fuere extranjero, debe presentar pruebas de que es
soltero, viudo o divorciado y hábil para contraer matrimonio según su ley
nacional.
Frase reflexiva:
Todos los extremos son malos
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