Todos los extremos
son malos
N°
de Expediente: A08-100 N°
de Sentencia: 447
Tema: Aprehensión en Flagrancia
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Procedimiento
Domingo, 10 de
Agosto de 2008
...el
titular de la acción penal pondrá al aprehendido flagrante a la disposición del
Tribunal de Control dentro de las treinta y seis horas siguientes a su recibo
por parte del órgano aprehensor. El Juzgado de Control realizará la audiencia
de presentación del aprehendido, a tenor de lo establecido en el artículo 373
del Código Orgánico Procesal Penal, donde el Ministerio Público explicará cómo
se produjo la aprehensión, imputará al aprehendido y fundamentará la solicitud
de medida cautelar conforme los elementos de prueba existentes al momento de la
detención, el juez es quien verifica los requisitos que configuran la
existencia de un delito flagrante según el artículo 372 del citado Código y,
según los elementos de convicción aportados por el Ministerio Público impone
una medida de coerción personal y decidirá fundadamente la aplicación del
procedimiento abreviado y, excepcionalmente, cuando no exista suficiencia en
los medios de prueba acordará el procedimiento ordinario.
Frase reflexiva:
Todos los extremos
son malos
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