27 de junio de 2016

27-06-2016 Pruebas (124)

Frase reflexiva:
Nos quitaron tanto, que nos quitaron el miedo

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Pruebas (Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado

TEMA 9 LA PRUEBA DOCUMENTAL. Clasificación. Públicos y privados. Impugnación, ratificación, desconocimiento y reconocimiento de los documentos. De la nulidad de los documentos. La tacha. Formas de proposición. Trámite de instrucción. La exhibición de documentos. La prueba de informes.

DIFERENCIAS ENTRE INSTRUMENTO PÚBLICO Y EL INSTRUMENTO PRIVADO

1) El IPb nace, surge, se origina bajo la intervención de un funcionario público investido por ley para dar fe pública al acto contenido en dicho instrumento; el Ipv nace bajo la intervención de los otorgantes.

2) Al IPb se le puede decir auténtico porque cabe la certeza de quién es el signatario, ya que el funcionario público da fe de la persona del signatario. Su autenticidad no es absoluta porque mientras no haya sido tachado de falso puede ser opuesto plenamente ante 3eros; el Ipv no puede ser opuesto ante 3eros mientras no se tenga legalmente por reconocido. Hasta tanto no haya sido reconocido el Ipv no tiene eficacia probatoria, porque el reconocimiento depende de la eficacia probatoria.

Frase reflexiva:
Nos quitaron tanto, que nos quitaron el miedo

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