El que no conoce a Dios,
a cualquier santo le reza
¿Dónde denunciar?
Los ciudadanos pueden formular sus denuncias ante el
Ministerio Público o en los órganos de policía de investigaciones penales
competentes.
En este sentido, el denunciante puede acudir ante:
- Fiscal General de la República: Oficina de Registro de Presentación
de Documentos, ubicada en el piso 1 del edificio sede del Ministerio Público,
esquinas de Misericordia a Pele El Ojo, avenida México de Caracas.
- Fiscal Superior: En la Fiscalía Superior
del estado donde se cometió el hecho punible.
- Fiscal de Guardia en
Sede: En una sede del
Ministerio Público o en la
Fiscalía Superior del estado que corresponda.
Además de la sede del Ministerio Público, los ciudadanos
pueden consignar su denuncia en los órganos de policía de investigaciones
penales correspondientes, tales como el Cuerpo de Investigaciones Científicas,
Penales y Criminalísticas; Guardia Nacional Bolivariana; policías estadales y
municipales. Asimismo, ante los Consejos de Protección de Niño, Niña y
Adolescente, en los casos que correspondan.
Es importante destacar que el artículo 273 del Código
Orgánico Procesal Penal (COPP) refiere, en cuanto a la responsabilidad, que el
o la denunciante no es parte del proceso, "pero si existe falsedad o mala
fe en la denuncia, el o la que la comete será responsable conforme a la
ley".
Finalmente, conviene precisar, de acuerdo con el COPP,
una vez interpuesta la denuncia por la comisión de un delito de acción pública,
el fiscal del Ministerio Público ordenará, sin pérdida de tiempo, el inicio de
la investigación.
El que no conoce a Dios,
a cualquier santo le reza
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