Sin
sacrificio no puede haber victoria
DELACIÓN
40 Código Orgánico
Procesal Penal
Es un supuesto especial contemplado en las medidas
alternativas a la prosecución del proceso, específicamente, dentro del
principio de oportunidad, en donde el Fiscal del Ministerio Público le solicita
al Juez de Control autorización para la aplicación de dicho supuesto cuando se
trate de hechos producto de la delincuencia organizada, o de la criminalidad
violenta y el imputado colabore eficazmente con la investigación, aporte
información esencial para evitar que continúe el delito o se realicen otros,
ayude a esclarecer el hecho investigado u otros conexos, o proporcione
información útil para probar la participación de otros imputados.
Admitida la solicitud del Ministerio Público, la causa
seguida al informante se separará, ordenándose el resguardo de aquél en un
establecimiento que garantice su integridad física, para lo cual cooperarán
todos los organismos del Estado que se requiera.
El Juez competente para dictar sentencia, en la
oportunidad correspondiente, rebajará la pena aplicable a la mitad de la
sanción establecida para el delito que se le impute al informante, cuando hayan
sido satisfechas las expectativas, lo cual deberá constar en el escrito de
acusación.
En todo caso, el Estado adoptará las medidas necesarias
para garantizar la integridad física del informante.
La
frase del día:
Sin
sacrificio no puede haber victoria
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!