DERECHO ROMANO
Características de las obligaciones
provenientes del delito.
1) Las
acciones eran intransmisibles.
2) La
noxalidad. Se denominan "noxales" las acciones penales que se
intentan contra el pater familae cuando el delito privado ha sido
cometido por un hijo de familia, o por un siervo, paga la pena pecuniaria o se
libera entregando el delincuente al demandante.
3) Los
delitos civiles no prescribían; los pretorianos, sí.
4) La
acumulación. Si el delito es cometido por varias personas, cada uno soporta la
totalidad de la pena pecuniaria.
5) Se
podían realizar pactos entre el ofensor y el ofendido, con el fin de extinguir
las obligaciones delictuales.
Fuente: Clases
de pre-grado de Derecho. Semestre: segundo. Materia: Derecho Romano II.
Universidad Santa María, núcleo Oriente.
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