17 de abril de 2016

17-04-2016 Ganadera (4)

Frase reflexiva:
Cuando el camino se pone duro, sólo los duros caminan

LEY PENAL DE PROTECCION A LA ACTIVIDAD GANADERA

TITULO I
DE LOS DELITOS CONTRA LA ACTIVIDAD GANADERA

Capítulo I
Disposiciones Generales

Artículo 4.
Circunstancias Agravantes.
Se consideran circunstancias agravantes para los delitos previstos en esta Ley, las establecidas en el artículo 77 del Código Penal. En este caso, la pena será aumentada en una tercera parte de su límite máximo, independientemente que se exceda de este límite.

Frase reflexiva:
Cuando el camino se pone duro, sólo los duros caminan

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