Si no hay prueba, no hay delito
INTRODUCCIÓN AL DERECHO (II)
LA APLICACIÓN DEL DERECHO
JORGE SALAZAR RANGEL
Bibliografía: Didáctica de la Introducción al Derecho. Dr. Levy Benshimol
Quintana. Editorial Buchivacoa. Caracas-1999.
1) Por su Origen:
a) Pública: Se divide en:
a. 1) Doctrinal: Es la que realizan los organismos oficiales; como por
ejemplo: la Doctrina Administrativa.
a. 2) Auténtica o Legal: Es la que realiza el propio legislador dentro del texto de
la norma. Ejemplo: artículo 27 del Código Civil.
a. 3) Usual o Judicial: Es la que hacen los jueces, en su práctica judicial o usual
constante, cuando administran justicia; habida cuenta, que para ello,
necesariamente deben interpretar la normativa jurídica correspondiente a cada
caso.
b) Privada: Es la que lleva a cabo cualquier interprete de la ley.
(Generalmente la realizan los abogados en su libre ejercicio profesional).
Frase
reflexiva:
Si no hay prueba, no hay delito
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