Si no hay prueba, no hay delito
DERECHO PENAL
La Trata de Personas. Tráfico de Personas
- Turismo sexual.
- La deportación no es igual que la repatriación, ya que
esta última figura jurídica implica devolver a la persona a su patria, sin
crearle perjuicio alguno.
- Tráfico de personas con fines de trata.
-
Artículo 54 de la
Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela.
-
Matrimonio servil.
- Las
jurisprudencias sirven para llenar lagunas legales.
-
Obstrucción a la justicia es un delito que debe adminicularse con el Código
Orgánico Procesal Penal, específicamente, los artículos 236, 238, entre otros.
Fuente de la
información: Taller “La Trata de Personas y sus
Diferencias con el Tráfico de Migrantes a la Luz del Ordenamiento Jurídico”. Fundación Para la Investigación,
Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal-Ministerio
Público. Caracas-Venezuela.
Frase
reflexiva:
Si no hay prueba, no hay delito
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