Si no hay prueba, no hay delito
INTRODUCCIÓN AL DERECHO (II)
LA RELACIÓN JURÍDICA
JORGE SALAZAR RANGEL
Bibliografía: Didáctica de la Introducción al Derecho. Dr. Levy Benshimol
Quintana. Editorial Buchivacoa. Caracas-1999.
Estructura de la Relación Jurídica
1) Componente Subjetivo: Está referido a los sujetos o personas que constituyen la
relación jurídica. En consecuencia, esos sujetos deben ser capaces, es decir,
hábiles en derecho, lo que significa que deben ser mayores de edad en pleno y
normal goce de sus facultades físicas y psíquicas, sin estar sometidos a
interdicción ni inhabilitados.
2) Componente Objetivo: Se trata del objeto sobre el cual recae la relación
jurídica, el cual debe ser lícito y posible, determinado o al menos
determinable. Si la relación se establece entre persona y persona, el objeto
consistirá en una prestación o servicio que deberá realizar el deudor a favor
del acreedor, y se le denominará objeto personal.
3) Componente Causal: Se trata del motivo, causa o razón por la cual surge o se
hace posible la vinculación entre persona y persona, o entre persona y cosa.
También
se puede decir que el componente causal, es aquella finalidad práctica jurídica
que constituye la función económico-social que será típica de la relación
jurídica que se establezca. En todo caso la causa deberá ser lícita.
Frase
reflexiva:
Si no hay prueba, no hay delito
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