Si no hay prueba, no hay delito
INTRODUCCIÓN AL DERECHO (II)
LA RELACIÓN JURÍDICA
JORGE SALAZAR RANGEL
Bibliografía: Didáctica de la Introducción al Derecho. Dr. Levy Benshimol
Quintana. Editorial Buchivacoa. Caracas-1999.
Clases de Relaciones Jurídicas
1) Simples o Fundamentales: Son aquellas que se fundamentan y provienen del estado de
una persona. Por ejemplo: la de cónyuge, tutor, madre o padre, etc.
2) Complejas o Derivadas: Están referidas a la inmensa mayoría de relaciones
jurídicas en las que cada persona puede participar o intervenir.
La Concepción
Kelseniana de la
Relación Jurídica en la Teoría del Derecho
Se
comprende como para la concepción Kelseniana la relación jurídica se hace
inmanente, toda vez, que basta con la previsión de la norma. En tanto que para
el enfoque clásico, se requiere la existencia de aquellos en quienes se va a
concretar la relación jurídica, que son los componentes prácticos de esa
vinculación legal.
Frase
reflexiva:
Si no hay prueba, no hay delito
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