“El que está
andando con personas sabias se hará sabio”
(Proverbios 13:20)
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Bibliografía: Derecho Civil I: Personas. Fondo Editorial USM. Mary Sol
Grateron Garrido.
DERECHO CIVIL I
PREGRADO
Tema # 7 La Posesión de estado
Posesión de estado: La teoría general de la posesión, se aplica en los
intereses de orden patrimonial, específicamente en los derechos reales.
El
artículo 771 del C.C. nos da la definición técnica de la posesión:
Artículo 771 C.C: La posesión es la tenencia de una cosa, o el goce de un
derecho que ejercemos por nosotros mismos o por medio de otra persona que
detiene la cosa o ejerce el derecho en nuestro nombre.
Gustavo
Contreras señala que la posesión de Estado “Es
el goce de un derecho sobre un estado civil determinado, que resulta de una
serie de hechos que, en su conjunto, demuestran las relaciones de filiación o
parentescos que se pretenden”
Frase
reflexiva:
“El que está
andando con personas sabias se hará sabio”
(Proverbios 13:20)
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