“El que está
andando con personas sabias se hará sabio”
(Proverbios 13:20)
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Bibliografía: Derecho Civil I: Personas. Fondo Editorial USM. Mary Sol
Grateron Garrido.
DERECHO CIVIL I
PREGRADO
Tema # 6 El Registro Civil
Los dos momentos solemnes que señalan el momento
y fin de la vida de la persona natural, es el nacimiento y la muerte.
Registro Civil: Es una institución de carácter público, que tiene por
objeto hacer constar de una forma auténtica y a través de un sistema
organizado, las principales actas relacionadas con el estado civil de las
personas que tienen su origen en el seno familiar.
Las
actas del estado civil constituyen la expresión sintética de los elementos de
individualización de las personas naturales o físicas. Son documentos
auténticos, es decir, redactados por funcionarios del estado civil, cuyo objeto
es fijar respecto de todos, la individualización de las personas. Estas actas
se consignan en registros llamados Registros del Estado Civil. (Artículo 445
del C.C.)
Artículo 445 C.C: Los nacimientos, matrimonios y defunciones se harán
constar en la jurisdicción en que ocurran, en registros especialmente
destinados a este objeto.
Frase
reflexiva:
“El que está
andando con personas sabias se hará sabio”
(Proverbios 13:20)
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