Todo tiene un principio y un fin, por lo
tanto, nada es eterno
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Materia: Derecho
de Familia.
Semestre: Tercero-Pregrado.
Bibliografía: Apuntes de Derecho de Familia y Sucesiones. Decimocuarta
edición. Caracas, 2007. RAÚL SOJO
BIANCO.
Tema # 13 Disolución y Liquidación de la Comunidad Conyugal
Causas y Efectos de la Disolución
* Causas
1. Disolución del matrimonio: Cuando el matrimonio se extingue, la Comunidad de Gananciales
no puede existir.
2. Nulidad del matrimonio: La sentencia de nulidad del matrimonio, determina la
disolución de la Comunidad
de Gananciales entre los aparentes esposos, aunque su texto no lo señale de
manera expresa.
3. Ausencia declarada de uno de los cónyuges:
La no presencia de uno de los esposos, no
determina la disolución de la
Comunidad de Gananciales; tampoco produce efecto la ausencia
presunta.
Es
indispensable que exista sentencia firme de declaración de ausencia. Al suceder
tal cosa, termina el régimen de la Comunidad Conyugal.
4. Quiebra de uno de los esposos: En consecuencia de la declaración de quiebra, la
administración del patrimonio del fallido, pasa a la masa de acreedores, la
cual se comportará, como verdadera titular del mismo.
El
cónyuge no fallido, no tiene por qué sufrir las consecuencias de esa
declaración de quiebra.
5. Separación judicial de bienes: Se produce a pesar de que el vínculo conyugal exista.
Frase
reflexiva:
Todo tiene un principio y un fin, por lo
tanto, nada es eterno
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