Todo tiene un principio y un fin, por lo tanto, nada es eterno
N°
de Expediente: A15-150 N°
de Sentencia: 285
Tema: Audiencias.
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Audiencia de conciliación
Jueves, 07 de Mayo
de 2015
...la
audiencia de conciliación es la oportunidad procesal idónea que tienen las
partes para oponerse a la acusación privada e interponer todos los mecanismos
de defensa que considere pertinentes...
N°
de Expediente: A15-150 N°
de Sentencia: 285
Tema: Audiencias.
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Audiencia de conciliación
Jueves, 07 de Mayo
de 2015
...es
en esta audiencia de conciliación donde se puede apreciar con mayor claridad la
materialización del control riguroso del procedimiento en los delitos de acción
dependiente de instancia de parte, ya que en la misma el Juez en Función de
Juicio -en caso de no prosperar la conciliación entre las partes- está obligado
a pronunciarse, en primer lugar, respecto a las excepciones opuestas por las
partes, ya que son de previo y especial pronunciamiento. De igual forma, emitir
pronunciamiento respecto a la admisión o no de las pruebas promovidas y si
éstas son suficientes para convocar la celebración del juicio oral y público,
en caso de que no hayan prosperado las excepciones opuestas o éstas no hubieren
sido interpuestas.
Frase reflexiva:
Todo tiene un principio y un fin, por lo tanto, nada es eterno
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