DERECHO PENAL
Prescripción
La prescripción puede ser ordinaria o judicial; la
prescripción ordinaria se contempla en el artículo 109 del Código Penal
venezolano, y la prescripción judicial se contempla en el artículo 110 ejusdem,
cuando reza lo siguiente: "...pero si el juicio, sin culpa del imputado,
se prolongare por un tiempo igual al de la prescripción aplicable más la mitad
del mismo, se declarará prescrita la acción penal..."
En el artículo 108 del Código Penal se contemplan
los lapsos de la prescripción ordinaria.
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