LA INVESTIGACIÓN CRIMINAL O PENAL.- Según el artículo 8 de la Ley del CICPC tenemos que se
entenderá como investigación penal el conjunto de diligencias orientadas al
descubrimiento y comprobación científica del delito, sus características, la
identificación de sus autores o partícipes, así como el aseguramiento de sus
objetos activos y pasivos.
Ahora bien, la investigación es
un método, y éste último es un conjunto de procedimientos técnicos que demandan
racionalidad, conexidad, nexo, etc.; es un conjunto de procedimientos
racionales.
La investigación criminal o penal
es un conjunto de técnicas, métodos racionales; es una investigación dirigida
específicamente al área penal, criminal.
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