7 de agosto de 2016

07-08-2016 Ilícitos (9)

Frase reflexiva:
El que no vive para servir, no sirve para vivir

Ley del Régimen Cambiario y sus Ilícitos

En fecha 30 de diciembre de 2015 fue publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.210 Extraordinario, el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Cambiario y sus Ilícitos

Artículo 40
Incumplimiento de la obligación de suministrar información  

Quienes incumplan con la obligación de colaborar con el órgano o ente competente en materia de inspección, fiscalización, anticorrupción del régimen de administración de divisas y potestad sancionatoria en materia cambiaria, a los fines establecidos en este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, serán sancionados con multa equivalente a una décima de la Unidad Tributaria (0,1 U.T.) vigente para la fecha de su liquidación, por cada dólar de los Estados Unidos de América o su equivalente en otra divisa, del monto correspondiente a la respectiva operación cambiaria. 

Artículo 41
Sanción a personas jurídicas por falta de sus representantes 

El órgano o ente competente en materia de inspección, fiscalización, anticorrupción del régimen de administración de divisas y potestad sancionatoria en materia cambiaria, sancionará con multa del doble, al equivalente en bolívares, del monto de la operación, a las personas jurídicas, cuando en su representación, los gerentes, administradores, directores, dependientes o cualquier otra persona que actúe en representación de las personas jurídicas, valiéndose de los recursos de la sociedad o por decisión de sus órganos directivos incurrieren en algunos de los ilícitos previstos en este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley.

Frase reflexiva:
El que no vive para servir, no sirve para vivir

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