Materia: Pruebas
(Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado
TEMA
10 LA PRUEBA
TESTIMONIAL. Naturaleza jurídica. Definición y clases de
testigos. Oportunidad y forma de promoción y evacuación. Excepciones.
Inhabilidades absolutas y relativas. Trámite de realización de la prueba. La
tacha de testigos.
DECLARACIONES DE VARIOS
TESTIGOS DE DOMICILIOS DIFERENTES
ART. 484.— “Cuando varios
testigos sean promovidos por una misma parte para declarar fuera del lugar del
juicio y en domicilios diferentes, si la parte promovente no hiciere uso de la
facultad que le confiere la última parte del artículo 483, se emitirán
despachos de pruebas separados a los distintos jueces comisionados, tomándose
en cuenta la regla de cómputo a que se refiere el artículo 400, numeral 2º de
este Código. Del mismo modo se procederá cuando se trate de diversos medios de
prueba a evacuarse en distintos lugares, fuera de la sede del Tribunal de la
causa.”
La
facultad es la carga de presentar principalmente los testigos.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!