Materia: Pruebas
(Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado
TEMA
10 LA PRUEBA
TESTIMONIAL. Naturaleza jurídica. Definición y clases de
testigos. Oportunidad y forma de promoción y evacuación. Excepciones.
Inhabilidades absolutas y relativas. Trámite de realización de la prueba. La
tacha de testigos.
485 CPC: FORMA DE EXAMINAR AL TESTIGO
“En todo
caso, el Juez podrá considerar suficientemente examinado el testigo y declarar
terminado el interrogatorio. La declaración del testigo se hará constar en un
acta que firmarán el Juez, el Secretario, el testigo y las partes o sus
apoderados presentes, salvo que se haga uso de algún medio técnico de
reproducción o grabación del acto, caso en el cual se procederá como se indica
en el artículo 189 de este Código.”
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