El Derecho no puede con la fuerza, puede es con la razón
CONCEPTO DEL HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL
También
llamado Ultraintencional, es una modalidad de la tipicidad subjetiva, en la
cual el agente o sujeto activo, tiene la intención de lesionar animus nocendi al sujeto pasivo; pero el
resultado de tal acción, desencadena en la muerte de este último, excediéndose
de la intención estrictamente lesiva del agente.
…la
preterintención es un caso de incongruencia entre los aspectos objetivo y
subjetivo del hecho… “…Se habla de preterintencionalidad con relación a
aquellos casos en que el sujeto quiere producir un resultado y produce otro más
grave que el pretendido pero en su misma línea de ataque…” (Álamo A., Mercedes,
1983, vol. 3, p. 1.060)
…podemos
entonces definir al homicidio preterintencional o ultraintencional como el
resultado típicamente antijurídico, que sobrepasa de la intención u objetivo
delictivo del sujeto pasivo, en otras palabras, cuando el resultado típicamente
antijurídico va más allá preter, ultra de
la intención que ya era punible en el agente (Grisanti A., Hernando: 2010)
Podemos
hablar por lo tanto de preterintencionalidad cuando la intención del sujeto ha
sido sobrepasada por el resultado producido.
Fuente de la información: Revista del Ministerio Público. Revista Científica
Arbitrada. V Etapa No. 12. 2012. pp. 148, 149.
Frase reflexiva:
El Derecho no puede con la fuerza, puede es con la razón
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