19 de agosto de 2016

19-08-2016 Preterintencional

Frase reflexiva:
El Derecho no puede con la fuerza, puede es con la razón

CONCEPTO DEL HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL

También llamado Ultraintencional, es una modalidad de la tipicidad subjetiva, en la cual el agente o sujeto activo, tiene la intención de lesionar animus nocendi al sujeto pasivo; pero el resultado de tal acción, desencadena en la muerte de este último, excediéndose de la intención estrictamente lesiva del agente.

…la preterintención es un caso de incongruencia entre los aspectos objetivo y subjetivo del hecho… “…Se habla de preterintencionalidad con relación a aquellos casos en que el sujeto quiere producir un resultado y produce otro más grave que el pretendido pero en su misma línea de ataque…” (Álamo A., Mercedes, 1983, vol. 3, p. 1.060)

…podemos entonces definir al homicidio preterintencional o ultraintencional como el resultado típicamente antijurídico, que sobrepasa de la intención u objetivo delictivo del sujeto pasivo, en otras palabras, cuando el resultado típicamente antijurídico va más allá preter, ultra de la intención que ya era punible en el agente (Grisanti A., Hernando: 2010)

Podemos hablar por lo tanto de preterintencionalidad cuando la intención del sujeto ha sido sobrepasada por el resultado producido.

Fuente de la información: Revista del Ministerio Público. Revista Científica Arbitrada. V Etapa No. 12. 2012. pp. 148, 149.

Frase reflexiva:
El Derecho no puede con la fuerza, puede es con la razón

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