“porque raíz de todos los males es el amor al dinero (…)” (1 Timoteo 6:10)
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Materia: Pruebas (Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado
TEMA 2 EL OBJETO DE LA PRUEBA.
Teorías de las diversas escuelas. Juicios de hecho y de
derecho. La prueba de los hechos.
HECHOS EXENTOS DE SER
PROBADOS
Aun cuando resulten controvertidos están exentos de ser
demostrados.
A) Hechos admitidos o
reconocidos expresamente por las partes.-
Un hecho es admitido o reconocido
por la parte contraria; lo admite de modo explicito en el proceso. La parte
contraria no lo niega, se adhiere al hecho.
El demandado en la contestación
de la demanda conviene en todos y c/u de los hechos expuestos por la parte
demandante en la demanda.
Cuando el demandado contesta la
demanda de ese modo, hay un convenimiento; y eso es un modo anormal de terminar
el proceso porque el modo normal es la sentencia.
Cuando el demandado conviene en
la demanda del demandante no se apertura la etapa probatoria.
Contestación de la demanda: se rechaza, contradice y se niegan algunos hechos expuestos por el
demandante y se conviene en otros. En este supuesto se apertura la etapa
probatoria con los hechos controvertidos; los otros quedan exentos en la prueba
(los convenidos).
Frase reflexiva:
“porque raíz de todos los males es el amor al dinero (…)” (1 Timoteo 6:10)
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