“porque raíz de
todos los males es el amor al dinero (…)”
(1 Timoteo 6:10)
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Materia: Pruebas
(Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado
TEMA 3 CLASIFICACION DE LAS PRUEBAS
JUDICIALES. Criterios de clasificación. La
prueba legal y la prueba libre. La prueba trasladada. La prueba anticipada. La
prueba ilícita: la teoría de los frutos del árbol envenenado.
La
prueba anticipada - La prueba fundada - La prueba ilícita o ilegítima - La
prueba legal y la prueba libre.
4) Traslado de la prueba de procesos penales
a procesos civiles.-
Si se
puede trasladar el proceso civil, si hubo condenatoria en el proceso penal.
Al juez
en lo civil se le debe demostrar que la prueba proviene del medio de prueba legal
promovido en el proceso penal; que no fue conculcado el derecho para
contradecir u oponerse al mdp.
5) Traslado de la prueba en procesos donde
opera la nulidad.-
206 CPC.- "Los jueces procurarán la estabilidad de los juicios,
evitando o corrigiendo las faltas que puedan anular cualquier acto procesal.
Esta nulidad no se declarará sino en los casos determinados por la ley, o
cuando haya dejado de cumplirse en el acto alguna formalidad esencial a su
validez.
En ningún caso se declarará la nulidad si el acto ha
alcanzado el fin al cual estaba destinado."
Se anula porque no reunió los requisitos esenciales; no
cumplió con la finalidad perseguida en el acto procesal.
Si se puede valer de una prueba en los procesos donde opera
la nulidad, pero hay una excepción:
si la nulidad del acto procesal recayó en uno de los actos conformantes de la
etapa probatoria, no se puede valer de la prueba materializada allí.
Si la nulidad se subsana con la reposición de la causa
(Ej.: citación), si se puede utilizar la prueba materializada en ese proceso.
Frase reflexiva:
“porque raíz de
todos los males es el amor al dinero (…)”
(1 Timoteo 6:10)
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