28 de mayo de 2016

28-05-2016 Sucesiones (56)

Frase reflexiva:
La educación abre puertas; el no tenerla, las cierra

Jorge Leonardo Salazar

SUCESIONES
TEMA 15 LA LEGÍTIMA O TAMBIÉN LLAMADA SUCESIÓN NECESARIA

La legítima es la cuota que le pertenece de pleno derecho a los descendientes, ascendientes y el cónyuge.

Art. 883 C.C.- “La legítima es una cuota de la herencia que se debe en plena propiedad a los descendientes, a los ascendientes y al cónyuge sobreviviente que no esté separado legalmente de bienes, con arreglo a los artículos siguientes.

El testador no puedo someter la legítima a ninguna carga ni condición.

Nota.- Los herederos legitimarios  son: los descendientes, ascendientes y el cónyuge.

Nota.- La legítima sólo se establece en la sucesión testamentaria.

Frase reflexiva:
La educación abre puertas; el no tenerla, las cierra

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