La educación abre puertas; el no tenerla, las
cierra
DERECHO PENAL
La Trata de Personas. Tráfico de Personas
Prevenir,
sancionar, proteger. Prevenir y combatir. Prevenir y ayudar. Promover la
cooperación entre los Estados.
Trata de personas.
Captación;
transporte, traslado; acogida o recepción.
Trata de Personas. Medios.
Amenaza, uso de la fuerza u otras
formas de coacción; rapto, fraude, engaño, abuso de poder, situación de
vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener
consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra.
Trata de
Personas. Fines.
Explotación sexual; trabajos, o
servicios forzados; esclavitud, o prácticas análogas; servidumbre; extracción
de órganos.
Definición de “niño” según el
Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas: Toda
persona menor de 18 años.
Fuente de la información: Taller “La Trata de Personas y sus
Diferencias con el Tráfico de Migrantes a la Luz del Ordenamiento Jurídico”. Fundación Para la Investigación,
Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal-Ministerio
Público. Caracas-Venezuela.
Frase
reflexiva:
La educación abre puertas; el no tenerla, las
cierra
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