La educación abre puertas; el no tenerla, las
cierra
Jorge
Salazar
SUCESIONES
TEMA 12
DERECHO DE ACRECER
REQUISITOS DEL
DERECHO DE ACRECER
1) Es necesario que sean llamados varios coherederos en una misma disposición testamentaria.
2) Los coherederos deben ser llamados conjuntamente.
3) Que uno de los coherederos no pueda o no quiera.
4) Que no haya designación de parte. Si hay designación de parte no puede haber derecho de acrecer.
Frase
reflexiva:
La educación abre puertas; el no tenerla, las
cierra
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