28 de mayo de 2016

28-05-2016 Sucesiones (52)

Frase reflexiva:
La educación abre puertas; el no tenerla, las cierra

Jorge Salazar Rangel

SUCESIONES
TEMA 14 INEFICACIA DE LOS TESTAMENTOS

3) INEFICACIA POR CADUCIDAD.- El testamento se hace ineficaz por una causa sobrevenida que determina la ineficacia de la disposición testamentaria.

1) Hay autores que dicen que la caducidad se da en testamentos especiales; otros autores dicen que la caducidad se da cuando hay premoriencia o incapacidad del favorecido.

Nota.- Una persona que se vuelva loco si puede recibir por testamento.

2) Otra causal de caducidad es la renuncia del favorecido.

Art. 954 C.C.- “La disposición testamentaria caduca para el heredero o el legatario que renuncie a ella.

3) El incumplimiento de la carga o condición impuesta.

4) La indignidad del favorecido.

5) Por pérdida de la cosa legada.

Art. 957 C.C.- “El legado no tendrá efecto si la cosa legada ha perecido completamente durante la vida del testador. Tampoco lo tendrá si ha perecido después de la muerte de éste sin intervenir hecho o culpa del heredero, aunque éste haya incurrido en mora respecto de la entrega, cuando la cosa hubiera igualmente perecido en manos del legatario.

6) La enajenación total o parcial de la cosa legada.

Art. 955 C.C.- “La enajenación de la totalidad o de parte de la cosa legada, hecha por el testador, produce la revocación del legado respecto de todo cuanto se haya enajenado, aunque la enajenación sea nula o la cosa haya vuelto al poder del testador.

Igual revocación se efectuará si el testador ha transformado la cosa legada en otra, de manera que haya perdido su precedente forma y su denominación primitiva.

Frase reflexiva:
La educación abre puertas; el no tenerla, las cierra

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